Seguro de Cumplimiento a Favor de Particulares
Es un seguro que vela por el cumplimiento de las obligaciones generadas en un contrato celebrado entre personas naturales o jurídicas.
Seleccione un plan que se adapte a sus necesidades
¿Qué cubre?
Cubrimos al asegurado los perjuicios derivados por el incumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato garantizado:Seriedad de la oferta.
Cumplimiento de las obligaciones del contrato.
Buen manejo y correcta inversión del anticipo.
Seriedad de la oferta.
Cumplimiento de las obligaciones del contrato.
Buen manejo y correcta inversión del anticipo.
Coberturas adicionales:
Devolución del pago anticipado.
Pago de salarios, prestaciones sociales legales e indemnizaciones laborales.
Estabilidad y calidad de la obra.
Calidad y correcto funcionamiento de los bienes suministrados.
Calidad del servicio.
Provisión de repuestos y accesorios.
¿Qué no cubre?
Incumplimiento que provenga de fuerza mayor o caso fortuito.
Uso indebido o falta de mantenimiento preventivo al que está obligado el asegurado.
Deterioro normal que sufran los bienes garantizados en el contrato como consecuencia del transcurso del tiempo.
Pago de las clausulas penales y multas.
Modificaciones al contrato sin previo aviso a la aseguradora.
Perjuicios morales futuros o subjetivos.
Restablecimiento automático de la suma asegurada.
Incumplimiento de disposiciones legales.
Lucro cesante.
Devolución del pago anticipado.
Pago de salarios, prestaciones sociales legales e indemnizaciones laborales.
Estabilidad y calidad de la obra.
Calidad y correcto funcionamiento de los bienes suministrados.
Calidad del servicio.
Provisión de repuestos y accesorios.
¿Qué no cubre?
Incumplimiento que provenga de fuerza mayor o caso fortuito.
Uso indebido o falta de mantenimiento preventivo al que está obligado el asegurado.
Deterioro normal que sufran los bienes garantizados en el contrato como consecuencia del transcurso del tiempo.
Pago de las clausulas penales y multas.
Modificaciones al contrato sin previo aviso a la aseguradora.
Perjuicios morales futuros o subjetivos.
Restablecimiento automático de la suma asegurada.
Incumplimiento de disposiciones legales.
Lucro cesante.